Desde que Izquirda Unida registrara esta iniciativa en marzo pasado hasta finales de septiembre el número de personas en la cárcel por este motivo pasó de 62 a 118, mientras que un total de 540 han cumplido pena desde comienzos de 2009
Izquierda Unida, a través de su portavoz parlamentario en el Congreso, Gaspar Llamazares, sacó el 30 de octubre adelante en la Comisión de Justicia de la Cámara una proposición no de ley para que se modifique el Código Penal y eliminar la pena de prisión para los ‘manteros’ que son detenidos en la calle mientras venden CDs y DVDs.
Cuando IU registró esta iniciativa, en marzo pasado, se encontraban en prisión un total de 62 personas por este delito. A finales del pasado mes de septiembre la cifra ascendía ya a 118, mientras que desde comienzos de años han pasado por las cárceles españolas 540 personas por este motivo.
La proposición no de ley insta al Gobierno a “abordar, en el marco de la próxima reforma del Código Penal, la modificación de los artículos 270.1 y 273.1 con el objetivo de evitar la criminalización y el ingreso en prisión de las personas que venden copias de CDs y DVDs, entre otras obras, sobre sus mantas”.
El vigente artículo 270.1 del Código Penal establece que “será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años y multa de 12 a 24 meses quien, con ánimo de lucro y en perjuicio de tercero, reproduzca, plagie, distribuya o comunique públicamente, en todo o en parte, una obra literaria, artística o científica, o su transformación, interpretación o ejecución artística fijada en cualquier tipo de soporte o comunicada a través de cualquier medio, sin la autorización de los titulares de los correspondientes derechos de propiedad intelectual o de sus cesionarios”.
El portavóz de IU en el Congreso recuerda que “la desproporción del Código Penal se ve con más nitidez si se compara las penas con que se castigan estas conductas frente a las establecidas para otros delitos. Así, que un ‘mantero’ venda un DVD en la calle tiene una pena superior a la de un robo con violencia o intimidación (el art. 242.3 del C.P. fija para ello de uno a dos años, sin multa) o de algunos delitos de lesiones. Además, estas penas para el ‘top manta’ son también demasiado elevadas en relación a otras conductas descritas en el mismo Título XIII sobre “Delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico”.
Esta iniciativa que IU ha sacado adelante se concretó tras distintas reuniones con portavoces de la Plataforma creada desde distintos ámbitos judiciales, sociales y artísticos para solicitar la reforma del Código Penal.
Izquierda Unida entiende que “las ventas de copias de CDs o DVDs que se realizan en la calle las hacen mayoritariamente personas en una clara situación de pobreza que buscan una mínima fuente de recursos para atender sus necesidades básicas. Criminalizar estos comportamientos es criminalizar la pobreza. Castigar con penas de prisión a estas personas significa profundizar en la exclusión social”. Además, “existen razones constitucionales, jurídicas, económicas y éticas sobradas que justifican esta reforma del Código Penal, ya que en los artículos citados se vulneran principios constitucionales básicos del Derecho penal, tales como el de subsidiariedad, el principio de lesividad y el de proporcionalidad”.
Cuando IU registró esta iniciativa, en marzo pasado, se encontraban en prisión un total de 62 personas por este delito. A finales del pasado mes de septiembre la cifra ascendía ya a 118, mientras que desde comienzos de años han pasado por las cárceles españolas 540 personas por este motivo.
La proposición no de ley insta al Gobierno a “abordar, en el marco de la próxima reforma del Código Penal, la modificación de los artículos 270.1 y 273.1 con el objetivo de evitar la criminalización y el ingreso en prisión de las personas que venden copias de CDs y DVDs, entre otras obras, sobre sus mantas”.
El vigente artículo 270.1 del Código Penal establece que “será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años y multa de 12 a 24 meses quien, con ánimo de lucro y en perjuicio de tercero, reproduzca, plagie, distribuya o comunique públicamente, en todo o en parte, una obra literaria, artística o científica, o su transformación, interpretación o ejecución artística fijada en cualquier tipo de soporte o comunicada a través de cualquier medio, sin la autorización de los titulares de los correspondientes derechos de propiedad intelectual o de sus cesionarios”.
El portavóz de IU en el Congreso recuerda que “la desproporción del Código Penal se ve con más nitidez si se compara las penas con que se castigan estas conductas frente a las establecidas para otros delitos. Así, que un ‘mantero’ venda un DVD en la calle tiene una pena superior a la de un robo con violencia o intimidación (el art. 242.3 del C.P. fija para ello de uno a dos años, sin multa) o de algunos delitos de lesiones. Además, estas penas para el ‘top manta’ son también demasiado elevadas en relación a otras conductas descritas en el mismo Título XIII sobre “Delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico”.
Esta iniciativa que IU ha sacado adelante se concretó tras distintas reuniones con portavoces de la Plataforma creada desde distintos ámbitos judiciales, sociales y artísticos para solicitar la reforma del Código Penal.
Izquierda Unida entiende que “las ventas de copias de CDs o DVDs que se realizan en la calle las hacen mayoritariamente personas en una clara situación de pobreza que buscan una mínima fuente de recursos para atender sus necesidades básicas. Criminalizar estos comportamientos es criminalizar la pobreza. Castigar con penas de prisión a estas personas significa profundizar en la exclusión social”. Además, “existen razones constitucionales, jurídicas, económicas y éticas sobradas que justifican esta reforma del Código Penal, ya que en los artículos citados se vulneran principios constitucionales básicos del Derecho penal, tales como el de subsidiariedad, el principio de lesividad y el de proporcionalidad”.
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